Servicio de Ayuda a Domicilio (SAD) Acreditado
Gestión profesional vinculada a la Ley de Dependencia. Te acompañamos en el proceso para que recibas la atención que te corresponde.
Recupera tu inversión desde el minuto uno
Iniciamos el servicio cuando lo necesites. Tramitamos el alta oficial desde la fecha de inicio real. Cuando la administración resuelva tu expediente, recibirás el pago de todos los meses atrasados. No pierdes ni un euro de la ayuda que te pertenece.
Nuestra empresa SAD está acreditada oficialmente por la Generalidad de Cataluña.
Estamos inscritos en el Registre d’Entitats, Serveis i Establiments Socials de la Generalitat de Catalunya, con los siguientes datos oficiales:
- Número d’inscripció: S10574 al Registre del Departament de Treball, Afers Socials i Famílies
- Número de registre d’Entitats, Serveis i Establiments Socials: E05612
- IAE: Epígrafe 952 — Asistencia y servicios a disminuidos
Servicio SAD
(Ley de Dependencia)
- Subvencionado por la Administración Pública
- Las horas las determina el Grado de Dependencia concedido
- Requiere resolución oficial de la Comunidad Autónoma.
- Personal cualificado según normativa oficial de Servicios Sociales
La Gran Diferencia
¿SAD vs Privado?
Servicio por Horas
(Privado)
- 100% Privada por la familia
- Tú eliges las horas y días libremente
- Contratación inmediata y directa
- la Selección de personal es personalizada por afinidad
Analizamos la resolución que te ha entregado el Ayuntamiento para optimizar tu prestación.
Tramitamos tu expediente directamente con la administración. Olvídate del papeleo.
Seleccionamos al personal ideal y ponemos en marcha la asistencia en tu hogar de forma inmediata.
¿Cuánto puedes recibir?
Grado I (Moderado)
Grado II (Severo)
Grado III (Gran Dependencia)
¡Simplifica la burocracia!
¿Aún no tienes el grado o no sabes cómo pedirlo?
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